top of page

Conócenos

 

 

La Personería Municipal de El Cerrito es un ente del Ministerio Público que representa a la comunidad cerriteña con el objetivo de garantizar la promoción, protección y defensa de sus derechos fundamentales.

Del mismo modo, vigila la conducta oficial de los funcionarios públicos y hace control sobre la gestión de la Administración Municipal. Al tiempo, la Personería es la encargada de vigilar el debido proceso, velar por la conservación del medio ambiente y por la protección de derechos colectivos, del consumidor y de todas las comunidades vulnerables.

Asimismo, la Personería tiene como función ser veedora del tesoro público e incentivar los mecanismos de participación a través de las veedurías ciudadanas.

Toda estas funciones, se llevan a cabo a través de nuestros Directores Operativos y Oficinas especializadas, en donde atendemos los requerimientos y necesidades de los ciudadanos y ciudadanas y de la comunidad, desde las tres áreas misionales de la entidad como lo son: Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, la Vigilancia de la Conducta Oficial y la Protección del Interés Público del Municipio de El Cerrito.

¿Quiénes Somos?

Marco Legal

El funcionamiento de la Personería Municipal de El Cerrito está legalmente soportado en la Constitución Política, en sus artículos 117 y 118, en donde se materializan las entidades de control y en donde se les asignan a los Personeros las funciones del Ministerio Público.

Asimismo, está soportada en la Ley 136 de 1994, por la se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios y la Ley 1031 del 2006, por la cual se modifica el periodo de los Personeros. También, a través de la Ley 134 de 1994 se dicta las normas sobre mecanismos de participación ciudadana.

La Personería también se rige por el Código Disciplinario Único, la Ley de contratación estatal Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. La representación legal y la administración de la Personería Municipal de El Cerrito están a cargo del Señor Personero Municipal.

Los personeros municipales, por ser los únicos funcionarios que hay en todos los municipios del país, tienen al menos asignadas unas 1.200 funciones, por lo que su importancia dentro de la comunidad es de tal importancia.

Un Poco de Historia

Los orígenes del Personero Municipal se remontan en América por medio de las Reales Cédulas de 1519 a 1528, con la imposición de la Legislación Indiana y en el territorio de la Nueva Granada con los llamados Síndicos Personeros del Común o Procuradores de las Ciudades designados por los cabildos (hoy Concejos Municipales).

La Institución continuó en la naciente República a partir de 1810 y fueron denominados Síndicos Procuradores Generales de Carácter Local. Su influencia fue tal importancia que en la Constitución de 1830, se dispuso que el Ministerio Público sería ejercido por el Procurador General de la Nación y en desarrollo de esta norma se expidió la primera Ley Orgánica del Ministerio Público.

En la consolidación de su figura, al expedirse la Carta Política de Colombia en 1886 quedó consagrado que el Ministerio Público sería ejercido bajo la dirección del Gobierno. Mediante la Ley 61 de ese año se reglamentaron las funciones de los integrantes de aquel Ministerio y respecto de los Personeros Municipales textualmente se dispuso: “En cada Distrito Municipal habrá un personero que residirá en la cabecera de cada Distrito y será nombrado por el Presidente de la República, quien puede delegar esa facultad en los Concejos Municipales. Posteriormente la reforma constitucional de 1910 estableció que los personeros serían nombrados por los Concejos Municipales.

Copyright 2015. Todos los Derechos Reservados © Personería Municipal de El Cerrito

Diseño Web @Joan_Varela95

  • facebook

Sede Única

Edificio Club Paraíso

El Cerrito - Valle del Cauca -Colombia

Carrera 11 # 5 -10

Barrio El Centro

Oficina Principal

Telefono 

(032) 257 1903

 

 

Administrativo y Disiplinarios

Telefono (032) 257 1903

Ext 14

 

 

Horarios de Atención: Mañana 8:00 a.m. - 12:00 m / Tarde 1:00 p.m. - 5:00 p.m.

bottom of page